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JNE ACREDITA A KIMMERLEE GUTIÉRREZ COMO VICEGOBERNADORA DE AREQUIPA

Organismo electoral, en tanto, espera documentación judicial sobre los casos del gobernador y consejeros con mandato de detención

El JNE indica que es imprescindible contar con información de la CSJAR para actuar conforme a sus competencias

El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) convocó a la consejera regional, señora Kimmerlee Keily Gutiérrez Canahuire, para que asuma el cargo de vicegobernadora del Gobierno Regional de Arequipa, a fin de completar el periodo 2019-2022, para lo cual remitió la credencial que la faculta como tal.

Para ello, mediante Resolución N.° 0937-2021-JNE, dejó sin efecto la credencial otorgada al señor Walter Edgar Gutiérrez Cueva como vicegobernador regional de Arequipa, al haberse declarado su vacancia por causa de fallecimiento, prevista en el numeral 1 del artículo 30 de la Ley N.° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.

Mediante la misma decisión, convocó a la señora Gloria Jennifer Salas Núñez, accesitaria por la provincia de Arequipa, para que asuma el cargo de consejera regional de Arequipa, a fin de completar el periodo de gobierno regional 2019-2022, y le remitió la credencial correspondiente. Ello significa, que la situación compleja del Gobierno Regional de Arequipa se ha resuelto.

Cabe precisar que el consejo regional de Arequipa, en sesión extraordinaria del 3 de diciembre último, declaró la vacancia del vicegobernador Gutiérrez Cueva y eligió, en su lugar, a la consejera Gutiérrez Canahuires. Tales actuados fueron elevados el 6 de diciembre al JNE, donde solicitó también la convocatoria del consejero accesitario.

Situación de gobernador y consejeros

El consejero delegado de Arequipa del Gobierno Regional de esa ciudad, informó que, mediante el Oficio N.° 1866-2021-GRA/CR del 6 de diciembre, además de remitir el expediente de vacancia antes señalado, dio cuenta a la presidencia del Pleno del JNE sobre la situación de los consejeros que se encuentran en prisión preventiva y/o con orden de captura.

“Aún el Consejo Regional, no ha tomado ninguna determinación, situación que se tiene previsto contemplarse en los próximos días, y una vez que se tenga tales actuaciones, inmediatamente se comunicará a su despacho”, refiere el documento.

Asimismo, con relación a la situación jurídica del gobernador, señor Elmer Cáceres Llica y determinados consejeros regionales, el JNE solicitó información a la Corte Superior de Justicia de Arequipa (CSJAR), mediante el Oficio N.° 04556-2021-SG/JNE, del 30 de noviembre de 2021.

El 1 de diciembre de 2021 la corte precisa que se dictó mandato de prisión preventiva por 24 meses, entre otros, en contra del gobernador regional y los consejeros, señora Jeymi Flores Quicaña y señor Ronal Bernal Huarca. No obstante, aún no se tiene información sobre otros tres consejeros, sobre los cuales el consejo regional, en el oficio antes mencionado, señala que contarían también con mandato de detención.

En ese sentido, mediante Oficio N.° 04643-2021-SG/JNE, del 9 de diciembre de 2021, nuevamente se solicitó información a la CSJAR, específicamente la resolución que contiene la referida medida contra el gobernador regional, así como se remita información sobre la situación jurídica de los referidos consejeros.

No se ha hecho llegar aún la resolución emitida por el juzgado respectivo sobre la prisión preventiva ni el estado actual de tal pedido. El JNE indica que es imprescindible contar con información de la CSJAR (copias certificadas de las decisiones judiciales) para actuar conforme a sus competencias.

MTPE INSTALA GRUPO DE TRABAJO MULTISECTORIAL QUE PROMOVERÁ ACCESO AL EMPLEO DE LAS MUJERES

Según indicó la ministra Betssy Chavez, 4 de cada 10 mujeres no participan del mercado laboral por dedicarse principalmente al trabajo doméstico.

Asimismo, de las mujeres que sí cuentan con un trabajo, 8 de cada 10 lo hacen en el sector informal.

La ministra de Trabajo y Promoción del Empleo, Betssy Chavez Chino, participó de la sesión de instalación del grupo de trabajo multisectorial encargado de la elaboración de una propuesta de intervención articulada intersectorial que promueva en el corto plazo el acceso al empleo para las mujeres del Perú.

Durante su alocución, Chavez hizo importantes apuntes estadísticos acerca de la todavía proporcionalmente escasa participación de la mujer en el mercado laboral. Refirió que “4 de cada 10 mujeres no participan del mercado laboral por dedicarse al trabajo doméstico”.

Asimismo, señaló que las mujeres son quienes se han visto más afectadas en el presente contexto de pandemia por cuanto, si bien la situación del empleo está mejorando con la recuperación económica, esta situación no se ha presentado de manera equitativa entre hombres y mujeres.

En línea con lo anterior, indicó que no se trata simplemente de generar puestos de trabajo si estos no garantizan los derechos fundamentales de las personas. “Según el Instituto Nacional de Estadística e Informática, cerca de 8 de cada 10 mujeres que trabajan, lo hacen en el sector informal”, acotó la ministra.

En ese sentido, Chavez hizo un llamado para ver el empleo desde una perspectiva “más amplia y más humana”; y destacó la conformación del grupo de trabajo como un hito importante y un gran paso dentro de la ruta de implementación de la Política Nacional del Empleo Decente.

La sesión de instalación del grupo de trabajo se desarrolló en las instalaciones del MTPE y contó con la participación del viceministro de Promoción del Empleo, Camilo Dante León Castro, así como de la directora general de Promoción del Empleo, Fanny Montellanos, y de los representantes de los sectores de Producción, Mujer, Desarrollo e Inclusión Social, Educación, Comercio Exterior y Justicia involucrados en este esfuerzo multisectorial.

DATO

Si bien la tasa de actividad de hombres y mujeres ha ido mejorando, el progreso ha sido mucho más lento para estas últimas. De acuerdo con esto, durante el segundo trimestre de 2020 la tasa de actividad por género arroja que las mujeres alcanzaron un 39 % en contraste con el 59.1 % alcanzado por los varones. Es decir, la brecha entre ambos fue de más de 20 puntos porcentuales.

FISCALÍA MIXTA DE PAUCARTAMBO LOGRA CONDENA DE CADENA PERPETUA PARA SUJETO QUE ABUSÓ SEXUALMENTE DE SU HIJA

La Fiscalía Provincial Mixta de Paucartambo logró que se condene a Cadena Perpetua contra Simeón Osorio Gargate autor del delito contra la Libertad Sexual, en la modalidad de Violación Sexual, en agravio de su menor hija.

Tras existir suficientes medios de prueba sustentados por el Fiscal Provincial Enrique Tito Condori, en la Etapa de Juzgamiento, los Jueces del Juzgado Penal Colegiado de Pasco declararon por unanimidad Responsable Penalmente a Osorio Gargante. Asimismo, se determinó que el pago por concepto de reparación civil será la suma de cinco mil soles.

Los hechos se suscitaron en el año 2014 cuando el sentenciado y sus hijos entre ellos la menor agraviada, en ese entonces de 10 años de edad, fueron abandonados por la su señora madre, quedando a cargo de su progenitor; mientras los hermanos mayores trabajaban la menor quedaba al cuidado de sus otros hermanitos, por lo que aprovechando la ausencia de los demás miembros de la familia, el padre comenzó abusar sexualmente de la agraviada de manera reiterativa.

Finalmente, el Juzgado Penal Colegiado de Pasco ordenó la ubicación y captura a nivel nacional del referido sentenciado para su internamiento en el Centro Penitenciario de Cocharmarca - Pasco.

DOCE MESES DE PRISIÓN PREVENTIVA PARA ALCALDE DE GOYLLARISQUIZGA Y FUNCIONARIOS

El Juzgado Transitorio de Investigación Preparatoria de Yanahuanca, declaró fundado el requerimiento fiscal  de prisión preventiva por el plazo de doce meses contra los imputados, Julio Cesar Curi Alarcón 40), Michell Franklyn Curi Alarcón (30), Ruben Adolfo Arrieta López (35), Rosas Clever Carbajal Ampudia (39) y Alex Alejandro Condezo Bonifacio (41), por la presunta comisión de los delitos de cohecho pasivo propio y  banda criminal  en agravio de la municipalidad de Goyllarisquizga, así también, ordeno comparecía con restricciones contra la imputada Rocio Fabiola Vara Inocente quien deberá de pagar una caución de 8000 soles.
Según la fiscalía, Julio César Curi Alarcón alcalde de la Municipalidad Distrital de Goyllarisquizga; quien sería integrante de una banda criminal junto a su hermano Michell Franklyn Curi Alarcón, Rosas Clever Carbajal Ampudia y Alex Alejandro Condezo Bonifacio, quienes habrían usado la estructura de la municipalidad distrital de Goyllarisquizga para cometer diversos delitos contra la administración pública; además habría concertado para otorgar la buena pro a la representada de Darwin Manuel Campos Castañeda, y dentro del pacto ilícito además habrían concertado inclusive para que Darwin Manuel Campos Castañeda ejecute trabajos sin previo contrato, pactando también ilícitamente la contratación de sus familiares en los trabajos de ejecución de obra; ello en concurso real con la presunta comisión del delito de colusión agravada con el representante de la empresa denominada C&MROSPAL SAC Contratistas Generales (que habría continuado trabajos de ejecución pese a existir varias partidas que habrían sido ejecutadas) a quien como parte del acuerdo colusorio permitió el inicio de la ejecución de obra como si no se hubiesen ejecutado ninguna de las partidas y por intermedio de otro y recibir ventaja económica .

Así también, Campos Castañeda habría entregado la suma de 25 mil soles a Michell Curi (hermano del alcalde Julio Curi), estos depósitos se habrían realizado en dos oportunidades con la intención de que Julio César Curi Alarcón beneficie en diversas obras o proveedurías a Darwin Manuel Campos Castañeda en dicha municipalidad; con anticipación al proceso de selección.

El magistrado Marco Rivera Gomez, después de haber escuchado a las partes, el magistrado encontró que se cumplen con los presupuestos de ley en los imputados: Julio Cesar Curi Alarcón, Michell Franklyn Curi Alarcón, Ruben Adolfo Arrieta López, Rosas Clever Carbajal Ampudia, Alex Alejandro Condezo Bonifacio, ordenando su inmediato traslado al Establecimiento Penitenciario de Cochamarca.
En la imputación contra Rocio Fabiola Vara Inocente, se ordenó comparecencia con restricciones, y el pago de 8000 soles que deberá de pagarlos en el plazo de 20 días hábiles, en caso de incumplimiento podría revocarse la medida.

MUNICIPALIDAD DE HUARIACA VIENE EJECUTANDO LA CONSTRUCCIÓN DE LOCAL DE USOS MÚLTIPLES DE RAUI

La comuna distrital de Huariaca viene llevando a cabo la construcción del local de usos múltiples del anexo de Raui Pampa Hermosa, la autoridad edil realizo una inspección a la obra indicando que tiene un avance de un 35% de ejecución.
El Alcalde de Huariaca Abog. Edinson Llanos Gonzáles, reafirmó su compromiso con la población para la ejecución de obras  en la zona rural del distrito. El informe técnico de la presente obra dio a conocer los detalles y el tiempo de ejecución del Local de Usos Múltiples de Raui con un plazo de 90 días calendario y esta a cargo de la empresa MIALE.

INACAL: TODO LO QUE NECESITAS SABER PARA COMPRAR JUGUETES SEGUROS Y DE CALIDAD ESTA NAVIDAD

Con la finalidad de ayudar a los usuarios a realizar compras seguras y de calidad esta navidad, el Instituto Nacional de Calidad (Inacal), organismo público adscrito al Ministerio de la Producción, brinda importantes recomendaciones para que los consumidores logren identificar de manera práctica y fácil, si los juguetes que van a adquirir cumplen con requisitos de seguridad para el uso de los más pequeños de la casa. 

“En estas épocas del año, es muy usual que las familias busquen regalar entretenimiento a los niños, pero es importante considerar ciertos requisitos de seguridad para evitar riesgos como por ejemplo: intoxicación por presencia de plomo, metales tóxicos o pinturas contaminantes; asfixias o ahogamiento por piezas pequeñas al no corresponder a la edad adecuada del menor; alergias en la piel, entre otros aspectos, los mismos que se pueden verificar a partir de una adecuada lectura de etiquetas al comprar un juguete de calidad y con garantía”, indicó Clara Gálvez, presidenta ejecutiva del Inacal. 

Por ello, el Inacal cuenta con importantes normas técnicas sobre “Seguridad de los Juguetes” como son: “NTP 324.001-3:2018 sobre migración de elementos contaminantes”, que puede ocurrir cuando el juguete es lamido o introducido en la boca del niño; “RTP-ISO/TR 8124-8:2018 sobre directrices para la determinación de la edad”, que proporciona orientación para la idoneidad de los juguetes por grupos de edades que van desde 0 años hasta los 14 años; “NTP 324.001-7:2012 (revisada el 2017) sobre juegos de experimentos químicos y actividades relacionadas” y la “NTP-ISO 8124-1:2021 sobre aspectos de seguridad relacionados con las propiedades físicas y mecánicas de los juguetes”. 

Recomendaciones de seguridad de juguetes a tener en cuenta según las Normas Técnicas Peruanas: 

Especificaciones generales para el consumidor: 

Asegúrese que el juguete cuente con su etiqueta (nombre del productor o importador, país de origen). 

Verifique que cuente con registro y autorización sanitaria avalada por la autoridad competente. 

Revise que esté en buen estado y que sea apropiado con el rango de edad (de 0 años hasta 14 años) a fin de evitar accidentes en los menores. 

Para el caso de la pintura de recubrimiento, no debe desprenderse o despintarse con facilidad ni emanar olores fuertes que afecten la salud del menor. 

Las bolsas de los empaques no deben contener polvillo de pintura del producto. 

Revise si contiene instrucciones de uso, advertencias por rango de edad, información de primeros auxilios, reglas de seguridad y recomendaciones para los adultos que vigilan a los niños, cuando el juguete lo requiera. 

Especificaciones generales para el fabricante: 

Los materiales empleados en la fabricación de juguetes deben estar visualmente limpios y libres de contaminación. 

No se debe emplear sustancias en cantidades que sean nocivas para la salud. 

Tener en cuenta las características estructurales de los juguetes tales como: forma, tamaño, contorno, espacio, según los distintos rangos de edad (de 0 años hasta 14 años) por ejemplo, sonajas, piezas pequeñas, puntas y bordes afilados entre otros, especificados en la norma NTP-ISO 8124-1:2021. 

Todos los juguetes deberían ser ensayados de acuerdo a las especificaciones de la norma NTP-ISO 8124-1:2021, con el fin de asegurar que los riesgos derivados del uso normal o el deterioro de los juguetes sean minimizados. 

Los juguetes etiquetados como lavables deberían someterse previamente al lavado según las especificaciones de la norma NTP-ISO 8124-1:2021. 

Para los juegos de experimentos químicos y actividades relacionadas, considerar los requisitos relativos a la cantidad máxima de ciertas sustancias según la NTP 324.001-7:2012 (revisada el 2017). 

Revisar los requisitos relativos al rotulado, a la lista de advertencias e información de primeros auxilios, a las instrucciones de uso y al material para llevar a cabo los experimentos. 

Asimismo, cualquier peligro conocido que pueda derivarse del uso del juguete, especialmente durante los experimentos debería describirse detalladamente, por ejemplo: manipulación de productos químicos, manipulación de material de vidrio, desprendimiento de gases, manejo de quemadores o fuentes de calor, según el caso. 

Las Normas Técnicas Peruanas de seguridad de los juguetes se encuentran disponibles en nuestra página web: www.gob.pe/inacal

SINEACE ORGANIZA WEBINAR SOBRE EL MARCO NACIONAL DE CUALIFICACIONES

El Sistema Nacional de Evaluación Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa (Sineace) organiza, este viernes 17 de diciembre a las 9:00 a. m., el cuarto webinar del ciclo “Gestión de la Calidad Educativa” el cual llevará por nombre “Marco Nacional de Cualificaciones del Perú: Avances y retos”. La transmisión se hará de manera sincrónica a través de Facebook Live y YouTube Stream.

El Marco Nacional de Cualificaciones del Perú (MNCP) es un instrumento de alcance nacional que desarrolla, clasifica y reconoce las habilidades y las competencias aprendidas dentro o fuera del sistema educativo. De esa manera, orienta las trayectorias educativas y laborales de las personas, creando puentes entre los distintos niveles educativos y alternativas formativas.

El director de Evaluación y Certificación de Competencias del Sineace, Cristhian Pacheco Castillo, indicó que la implementación del MNCP representa una oportunidad importante para apoyar la transitabilidad educativa de las personas y atender las necesidades de capital humano calificado de las empresas y el Estado. Sin embargo, también señaló que es un proceso complejo que requiere la participación de múltiples actores del ámbito productivo y educativo y que debe atender también las necesidades del sector público para la implementación de sus políticas relacionadas con el reconocimiento de competencias laborales y profesionales.

El Sr. Pacheco Castillo recordó también que esta iniciativa se encuentra planteada en la Política Nacional de Productividad y Competitividad (PNCP) y en la Política Nacional de Educación Superior y Técnico-Productiva (PNESTP).

Este cuarto webinar tendrá como ponente a la Lic. Ana Alfaro Carlín, directora de la Dirección de Servicios de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística del Ministerio de Educación del Perú, quien nos compartirá los objetivos y perspectivas del MNCP desde la óptica del órgano rector. Asimismo, contará con las palabras de bienvenida del presidente del Consejo Directivo Ad Hoc del Sineace, Carlos Barreda Tamayo.

El webinar “Marco Nacional de Cualificaciones: Avances y retos” está dirigido a funcionarios y servidores de instituciones públicas, empleadores, actores decisores en los sectores productivos y la comunidad académica en general. El público podrá

participar del evento a través de sus preguntas, las cuales serán respondidas en vivo por la ponente. Puede encontrar más información en www.gob.pe/sineace.

DATOS:

Para ingresar a la transmisión debe acceder a la página de Sineace en Facebook a través del siguiente enlace https://www.facebook.com/SINEACEOFICIAL

ARTISTAS TIENEN DERECHO A REMUNERACIÓN VACACIONAL, GRATIFICACIONES DE JULIO Y DICIEMBRE ASÍ COMO A CTS

Beneficio alcanza a cantantes, músicos, actores, bailarines, modelos así como a técnicos, teleprontistas, editores y maquilladores, entre otros.

La remuneración vacacional, la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) y las gratificaciones en Fiestas Patrias y Navidad son algunos de los beneficios que favorecen no solo a trabajadores del sector privado sino también a los artistas.

Según la Ley del Artista Intérprete y Ejecutante (Ley n. º 28131), los artistas intérpretes y ejecutantes, así como los técnicos vinculados a las actividades artísticas, tienen beneficios laborales.

Los trabajadores artistas cuentan con el Fondo de Derechos Sociales del Artista, de naturaleza privada, que tiene por objetivo abonarles la remuneración vacacional acumulada, la Compensación por Tiempo de Servicios y las Gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad. Su administración corresponde a EsSalud, quien se encarga de recaudar los aportes.

De esta manera, en el caso de la remuneración vacacional, los trabajadores artistas podrán cobrar este beneficio en la segunda quincena del mes de diciembre. Previamente, el empleador deberá depositar mensualmente 1/12 de su remuneración -durante un año- a la cuenta individual del beneficiario en el Fondo de Derechos Sociales del Artista.

Asimismo, para acceder a su CTS, los trabajadores artistas y técnicos de actividades artísticas deberán presentar una carta notarial -con 48 horas de anticipación- al Fondo de Derechos Sociales del Artista comunicando su decisión de retirarse de la actividad que ejecutan. Antes, el empleador debe haber abonado 1/12 de la remuneración mensual del trabajador al referido Fondo.

También podrán cobrar sus gratificaciones en la primera quincena de julio y en diciembre. Previamente, el empleador debe haber abonado un importe equivalente a 1/6 de la remuneración del trabajador al Fondo de Derechos Sociales del Artista.

Al margen de la temporalidad del servicio que brinden, todos los artistas deben tener un contrato escrito donde se consignarán datos como: nombres (real y artístico), documento de identidad y domicilio del artista, nombre del representante legal, domicilio del empleador y número de su inscripción en el Fondo de Derechos Sociales del Artista.

En el contrato también se precisará la labor que desempeñará, el número y lugar de las presentaciones, remuneración, lugar y fecha del pago, fecha de inicio y conclusión del contrato y nombre o razón social del organizador, productor o presentador.

No están incluidos en este régimen laboral aquellos artistas intérpretes, artistas ejecutantes y técnicos que ejerzan su actividad de forma autónoma e independiente.

DESPACHOS CAYERON -2.9% EN OCTUBRE LUEGO DE 13 MESES EN AZUL

En el periodo enero-octubre se situaron en US$ 44 mil 853 millones, 6 sectores no alcanzaron los montos de la prepandemia: agro tradicional, hidrocarburos, pesca para CHD, metalmecánica, maderas y varios.

Luego de 13 meses de crecimiento continuo, en octubre último (US$ 4 mil 457 millones 913 mil) los despachos peruanos presentaron una contracción de -2.9%, respecto al mismo mes del 2020, debido a los menores envíos de cobre y oro, informó el Centro de Investigación de Economía y Negocios Globales de la Asociación de Exportadores CIEN-ADEX.

En agosto del 2020 sufrieron una caída de -4.1% y posteriormente tuvieron alzas de un dígito como en diciembre (1%) y noviembre (5.5%) de ese año y grandes incrementos como en abril (139.2%) y mayo (130.3%) del 2021.

Las exportaciones primarias en octubre ascendieron a US$ 2 mil 823 millones (-11%) y las no tradicionales US$ 1,634 millones 736 mil (14.5%). Dos sectores cerraron en rojo: la minería con -27% y la pesca para Consumo Humano Directo (CHD) con -38%. Respecto a la prepandemia (octubre del 2019) fueron tres: la minería (-10%), pesca tradicional (-19%) y pesca para CHD (-12%).

Acumulado

En el periodo enero-octubre del 2021 los envíos al exterior se situaron en US$ 44 mil 853 millones, cifra mayor en 38.3% respecto al mismo periodo del año anterior (US$ 32 mil 437 millones), y 18.5% en comparación con similar periodo del 2019 (US$ 37 mil 834 millones 730 mil).

“El monto acumulado representó un nuevo récord histórico, tanto en relación a los despachos tradicionales como no tradicionales”, manifestó el jefe de Estudios Económicos del CIEN-ADEX, Carlos Adriano.

Las tradicionales (US$ 31 mil 802 millones 721 mil) se incrementaron 41.4%. La minería (US$ 27 mil 117 millones) concentró el 60.5% del total y creció 39.7%, la pesca primaria con US$ 2 mil 214 millones 406 mil cerró con un alza de 58.7%, los hidrocarburos con US$ 1,929 millones 670 mil (67.1%) y el agro tradicional con US$ 541 millones 485 mil (2.8%).

Las exportaciones no tradicionales (US$ 13 mil 050 millones 190 mil) presentaron un alza de 31.2%. El principal producto fue la palta, cuyas ventas externas se expandieron 40.3%, alcanzando US$ 1,049 millones.

A nivel de sectores, resaltó la agroindustria (US$ 6 mil 243 millones 896 mil), con una evolución de 20.2%, seguido por el químico (US$ 1,572 millones 438 mil) con 28.8%, pesca para CHD (US$ 1,273 millones 967 mil), con 23.2% y siderometalurgia (US$ 1,209 millones 956 mil) con 78.4%.

Siguieron las confecciones (US$ 939 millones 492 mil) con 65%, minería no metálica (US$ 531 millones 676 mil) con 54.9%, metalmecánica (US$ 461 millones 853 mil) con 24.2%, textil (US$ 369 millones 371 mil) con 66.8%, varios (US$ 349 millones 856 mil) con 46% y maderas (US$ 97 millones 681 mil) con 32.2%

A nivel de continentes, Asia fue el principal al concentrar el 51.2% del total y lograr una expansión de 50.5%, seguida por América Latina (46.7%) y Europa (34.6%). China destacó al concentrar el 34.3% del total, especialmente por los mayores envíos de cobre y hierro.

En el acumulado hay seis sectores que no alcanzan aún los montos de la prepandemia: el agro tradicional, hidrocarburos, la pesca para CHD, la metalmecánica, maderas y varios

REAJUSTE AUTOMÁTICO DE TARIFAS DE AGUA POR IPM PODRÁ PRORRATEARSE HASTA EN TRES CICLOS DE FACTURACIÓN

Disposición se estableció en resolución de Sunass que modifica el Reglamento General de Tarifas de los Servicios de Saneamiento brindado por empresas prestadoras 

La Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass) publicó hoy en el diario El Peruano la resolución de Consejo Directivo N.º 072-2021-SUNASS-CD que establece la modificación del Reglamento General de Tarifas de los Servicios de Saneamiento brindados por Empresas Prestadoras.  

La norma establece, entre otros aspectos, que las empresas prestadoras tendrán la posibilidad de aplicar el reajuste tarifario automático por variación mínima de 3% del Índice de Precios al por Mayor (IPM) de forma prorrateada y uniforme en dos o tres ciclos de facturación, siempre que haya reiteradas acumulaciones del IPM de por lo menos 3%.  

Recordemos que, la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento establece que las empresas prestadoras deben reajustar automáticamente las tarifas cada vez que se acumule una variación de por lo menos 3% del IPM. Esto, con el fin de que las EPS puedan atenuar el impacto de la elevación de los costos de los insumos que utilizan para la prestación de sus servicios por efecto del aumento de la inflación y, así evitar afectar la sostenibilidad de la empresa y la calidad de los servicios prestados a la población. 

Asimismo, que el Reglamento General de Tarifas señalaba como plazo máximo para aplicar el reajuste automático de tarifas por variación del IPM 90 días calendario posteriores al vencimiento del mes en el que se acumuló una variación de 3% del índice. 

Sin embargo, debido a la tendencia creciente y sostenida del IPM, a partir del segundo semestre del 2020 y sobre todo en el 2021, que ha originado que las cincuenta EPS hayan tenido que actualizar, al menos dos veces, sus tarifas por acumulaciones del IPM  mayores al 3%, es que la Sunass plantea esta modificación; con el fin de mitigar el impacto de los reajustes automáticos consecutivos en la economía de los usuarios y sin poner en riesgo la viabilidad financiera de las empresas prestadoras, ni la sostenibilidad del servicio. 

En ese sentido, la norma aprobada establece que si durante el plazo de 90 días para efectuar el reajuste automático de tarifas y precios por el incremento mínimo del IPM, se acumula nuevamente una variación de por lo menos 3% en el IPM, la empresa prestadora podrá aplicar cada uno de los reajustes automáticos de forma prorrateada y uniforme en dos o tres ciclos de facturación consecutivos. El plazo para aplicar un siguiente reajuste automático es de noventa días calendario posteriores al último ciclo de facturación en el que se aplicó un reajuste automático prorrateado. 

La empresa prestadora deberá comunicar previamente a través del diario oficial El Peruano o en un diario de mayor circulación en su ámbito de responsabilidad la aplicación prorrateada del reajuste tarifario. Asimismo, publicar en su portal institucional la estructura tarifaria que corresponda a cada ciclo de facturación.