PASCO LIBRE

11 años informando de forma veraz y objetiva, desde la capital minera del Perú

Conductor salva de morir

Exceso de velocidad y negligencia causas de accidentes en las carreteras.

PASCO LIBRE

INTERVIENEN A JÓVENES ENTRE ELLOS MENORES DE EDAD EN INTERIOR DE HOTEL CON VARIAS BOTELLAS DE LICOR

Personal de la Divincri Pasco al mando del comandante López  realizó una intervención al hotel Transylvania, ubicado en el parque el Minero, en Chaupimarca, Pasco.
En una de las habitaciones se encontró a 10 jóvenes, 6 varones y 4 mujeres, entre ellos  4 menores de edad, 2 del sexo femenino  y dos del masculino. En la habitación se halló varias botellas de licor. El actuar oportuno de la policía ocurrió cerca de las  8:30 de la noche del último sábado. La mayoría de los intervenidos provenían del distrito de Huariaca.
Junto al administrador del negocio fueron llevados hasta la Divincri  donde se les impuso  papeletas de infracción por no cumplir con las disposiciones sanitarias. Los menores fueron puestos a disposición de la Fiscalía de Familia de Turno para ser  entregados a sus familiares.

MINSA ENTREGA 7 VENTILADORES MECÁNICOS A PASCO PARA LA ATENCIÓN DE PACIENTES COVID-19

Cuatro fueron trasladados a Oxapampa, mientras que tres equipos biomecánicos al distrito de Villa Rica.

El abastecimiento a las regiones no se detiene. Esta mañana, el Ministerio de Salud trasladó -vía aérea- un total de 7 ventiladores mecánicos a Pasco, 4 de cuales fueron entregados en Oxapampa junto con 1 aspirador de secreciones y 3 en Villa Rica para el fortalecimiento de los pacientes Covid-19 en estado crítico. También se dejó 2 aspiradores adicionales a disposición de la región. 
En una primera entrega, el gobernador regional de Pasco, Pedro Ubaldo Apolinar, recibió de manos de la asesora del Minsa, Lissete Ortega Orbegoso, 2 ventiladores volumétricos, 2 ventiladores de transporte y 1 aspirador de secreciones en el Hospital de Oxapampa.

La autoridad regional manifestó que estos equipos biomédicos resultan imprescindibles en estos momentos para reforzar la oferta en este nosocomio provincial que tiene mucha afluencia de pacientes.
Posteriormente, la funcionaria también entregó 3 ventilador mecánicos en el Hospital de Villa Rica, ubicado en entre la avenida 28 de julio y Valentín Cueva de este distrito. Adicionalmente, dejó 2 aspiradores de secreciones a disposición de la región.
La representante del Minsa señaló que esta es una muestra clara de la alianza estratégica y el trabajo articulado con las regiones, bajo la estrategia ‘La salud nos une’, liderada por el ministro de Salud, Víctor Zamora.
Fueron parte de la comitiva, el ministro del Interior y coordinador de la región Pasco, Gastón Rodríguez, y el congresista de Alianza para el Progreso, Marco Verde.

MUJER DE 45 AÑOS ES TRASLADADA DE EMERGENCIA CON SÍNTOMAS DE COVID DESDE TICLACAYÁN

Una mujer de 45 años fue trasladada de emergencia al hospital Daniel Alcides Carrión de Pasco con síntomas de coronavirus.
La fémina fue evacuada desde el distrito de Ticlacayán por una ambulancia del Minsa. En el nosocomio se le realizó   el testeo con prueba rápida, el resultando positivo.

La paciente fue internada en el nosocomio.


29 DE JULIO NO SERÁ FERIADO

El Ejecutivo dictó medidas para gobiernos regionales y locales adopten medidas para la reactivación de la económica. A través del Decreto De Urgencia Nº 081-2020 publicado hoy en el diario oficial El Peruano, el 29 de julio no será feriado.

Otra de las medidas en el uso excepcional  de  recursos como canon, sobrecanon, regalía minera y Fondo de Desarrollo Socioeconómico de Camisea (FOCAM) para el año fiscal 2020. Así mismo se autoriza a los gobiernos regionales modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático para financiar la continuidad de las actividades de prevención, control, diagnóstico y tratamiento del COVID-19 en los Gobiernos Regionales.

Artículo 1. Objeto

El presente Decreto de Urgencia tiene por objeto establecer medidas extraordinarias, en materia económica y financiera, para dinamizar las inversiones y la prestación de servicios a cargo de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, con el objeto de contribuir a la reactivación económica, la generación de empleo, pero también parar lograr el resarcimiento efectivo a los deudos del personal de la salud, fallecidos a consecuencia del COVID-19.

Artículo 2. Suspensión temporal y excepcional de disposiciones del Decreto Legislativo Nº 1275, Decreto Legislativo que aprueba el Marco de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales para el año fiscal 2020

Excepcionalmente, para el año fiscal 2020, déjese en suspenso lo dispuesto en el numeral 7.2 del artículo 7, el artículo 8 y el primer párrafo de la Sexta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1275, Decreto Legislativo que aprueba el Marco de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales.

Artículo 3. Dejar sin efecto el feriado nacional del día miércoles 29 de julio de 2020.

Déjase sin efecto el feriado nacional del día miércoles 29 de julio de 2020.

Artículo 4. Autorización excepcional de uso de los recursos de canon, sobrecanon, regalía minera y Fondo de Desarrollo Socioeconómico de Camisea (FOCAM) para el año fiscal 2020

4.1 Autorízase, de manera excepcional para el año fiscal 2020, a los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales a utilizar hasta un 25% de los recursos efectivamente transferidos, así como de los saldos de balance generados por dichos conceptos, provenientes del canon, sobrecanon, regalía minera y Fondo de Desarrollo Socioeconómico de Camisea (FOCAM), para ser destinados a garantizar la adecuada prestación de servicios en el marco de sus competencias, en el contexto de la emergencia nacional por el COVID-19.

4.2 Los recursos de canon, sobrecanon, regalía minera y Fondo de Desarrollo Socioeconómico de Camisea (FOCAM) no pueden utilizarse, en ningún caso, para el pago de remuneraciones o retribuciones de cualquier índole.

4.3 Para el caso de Gobiernos Regionales, los recursos señalados en el numeral 4.1 solo financian las actividades de emergencia vinculadas a la prevención, control, diagnóstico y tratamiento de Coronavirus, con la finalidad de garantizar la adecuada prestación de servicios de salud en el marco de sus competencias.

4.4 Para el caso de Gobiernos Locales, los recursos señalados en el numeral 4.1 solo financian el gasto en bienes y servicios vinculado a los servicios públicos esenciales en el marco de sus competencias, con la finalidad de garantizar la continuidad de los servicios públicos esenciales.

4.5 Para la aplicación de lo establecido en el presente artículo autorizase a los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático con cargo a los recursos de su presupuesto institucional a los que se refiere el numeral 4.1, quedando exceptuados de lo establecido en los incisos 3 y 4 del numeral 48.1 del artículo 48 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

Artículo 5. Autorización de modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático para financiar la continuidad de las actividades de prevención, control, diagnóstico y tratamiento del COVID-19 en los Gobiernos Regionales.

5.1 Autorízase a los Gobiernos Regionales, durante el Año Fiscal 2020, a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático con cargo a los recursos de libre disponibilidad de su presupuesto institucional provenientes de las transferencias de partidas autorizadas en el marco del numeral 29.1 del artículo 29 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019. Dichas modificaciones presupuestarias solo pueden efectuarse para habilitar la actividad 5006269: Prevención, control, diagnóstico y tratamiento de coronavirus en Unidades Ejecutoras de Salud.

5.2 Para tal fin, los Gobiernos Regionales quedan exceptuados de lo establecido en los numerales 9.4 y 9.8 del artículo 9 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020.

5.3 Los contratos administrativos de servicios que se suscriban en virtud del presente artículo se encuentran exonerados de lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1057 Decreto Legislativo que Regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, tienen naturaleza estrictamente temporal y quedan resueltos automáticamente una vez culminada la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud debido a la existencia del COVID-19.

5.4 Estos ingresos de personal extraordinarios son registrados en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP). En el caso de las contrataciones que se realicen hasta el 15 de julio del 2020, las mismas quedan exoneradas del registro AIRHSP de manera previa a la contratación, debiendo remitir a la Dirección General de Gestión Fiscal de Recursos Humanos (DGGFRH) del Ministerio de Economía y Finanzas la solicitud del registro correspondiente en un plazo máximo de hasta diez (10) días hábiles después de la suscripción del contrato.

Artículo 6. Apoyo complementario a los Gobiernos Locales para el financiamiento del gasto operativo esencial

6.1 Autorízase, excepcionalmente, durante el Año Fiscal 2020, al Poder Ejecutivo a brindar apoyo a los Gobiernos Locales a través de una transferencia de partidas, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para el financiamiento del gasto operativo esencial de los Gobiernos Locales, debido a la menor recaudación de ingresos por las fuentes de financiamiento Recursos Directamente Recaudados y Recursos Determinados en los rubros Impuestos Municipales y Fondo de Compensación Municipal (FONCOMUN), que vienen registrando por la medida de aislamiento social dispuesta con la declaración de Estado de Emergencia Nacional declarado por Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM y sus prórrogas, y la consecuente reducción de la actividad económica. Para tal fin, exceptúase de lo establecido en el artículo 39 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

6.2 Para efectos del presente Decreto de Urgencia, se considera gasto operativo esencial de los Gobiernos Locales, el gasto de las planillas del personal activo y pensionista, así como el gasto operativo vinculado a la prestación de servicios públicos que forman parte de las competencias de los Gobiernos Locales, tales como el saneamiento rural, seguridad ciudadana, atención de emergencias y reducción de vulnerabilidad, gestión de residuos sólidos, entre otros, que se encuentran en el marco de la declaratoria de Emergencia Sanitaria a nivel nacional.

6.3 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de S/ 354 555 087,00 (TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL OCHENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), a favor de los Gobiernos Locales para apoyar complementariamente el financiamiento del gasto operativo esencial del año fiscal 2020 en el marco de lo autorizado en el numeral 6.1, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles

SECCION PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas

UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General

CATEGORIA PRESUPUESTAL 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos

ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.0 Reserva de Contingencia 354 555 087,00

---------------------

TOTAL EGRESOS 354 555 087,00

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A LA: En Soles

SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas

PLIEGO : Gobiernos Locales

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE 354 555 087,00

---------------------

TOTAL EGRESOS 354 555 087,00

============

6.4 Los pliegos habilitados en el numeral precedente y los montos de transferencia de partidas se detallan en el Anexo “Apoyo a los Gobiernos Locales para el financiamiento del gasto operativo esencial” que forma parte del presente Decreto de Urgencia, el cual se publica en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.

6.5 Los Titulares de los pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 6.3, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente artículo. Copia de la resolución es remitida dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

6.6 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público, las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

Artículo 7. Plazo para las acciones previstas en el artículo 6 del Decreto de Urgencia Nº 063-2020

Dispóngase que las acciones comprendidas en los alcances del artículo 6 del Decreto de Urgencia Nº 063-2020, Decreto de Urgencia que dispone el apoyo solidario de los funcionarios y servidores públicos del Poder Ejecutivo para la entrega económica a favor de los deudos del personal de la salud, fallecidos a consecuencia del COVID-19; se efectúan en un plazo que no puede exceder del 31 de diciembre de 2020.

Artículo 8. Responsabilidades y limitación sobre el uso de los recursos

8.1. Los titulares de los pliegos bajo los alcances de la presente norma, son responsables de su adecuada implementación, así como del uso y destino de los recursos comprendidos en la aplicación del presente Decreto de Urgencia, conforme a la normatividad vigente.

8.2. Los recursos que se transfieren o se habilitan en el marco el presente Decreto de Urgencia no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos o habilitados.

Artículo 9. Financiamiento

Lo establecido en el presente Decreto de Urgencia se financia con cargo a los recursos a los recursos de las entidades involucradas, o con recursos a que se refiere el artículo 53 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, según corresponda.

Artículo 10. Vigencia

El presente Decreto de Urgencia tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020.

Artículo 11. Refrendo.

El presente Decreto de Urgencia es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Salud y la Ministra de Economía y Finanzas.

EL MAESTRO ON LINE

Por Roberto Carlos QUINTANA VILLAVICENCIO
Lic. en filosofía y CCSS

Este año escolar pandémico es restregado para el maestro y maestra, el virus arrincono nuestros deseos de servicio efectivo, ni bien íbamos empezar la jornada anual, nos disparó en la voluntad y después reaccionamos y se despertó con “Aprendo en casa” y así hacer algo por la educación de los infantes, niños y adolescentes.

A casi todos, la educación virtual los agarro en pañales en cuanto a su hacer y quehacer, fue un proceso acelerado que exigió en el maestro romper sus esquemas de pasar de una educación de aula presencial a un aula virtual.

Nuestro WhatsApp como nunca anuncia día y noche avisos de llegada de tareas, nuestra laptop paso a ser el compañero de mañana, tarde y en la oscuridad, el celular se convirtió en un gran aliado cuando está perfecto y una desdicha cuando ya su memoria interna no da para más, y la internet es nuestra ilusión y decepción diaria.

Al zoom lo hemos estudiado y tratado como a un contrayente, al meet le hacemos caso más que a nuestras proles, las reuniones virtuales suelen ser más serias y protocolares, pero es la oportunidad de ver a los colegas, fastidiarlos o simplemente castigarlos con el silencio del micro y la pantalla en negro como símbolo de la apatía educativa que se merecen algunos.

Los padres llaman y piden explicación de la tilde o de la ecuación que no entiende, llaman de madrugada, de noche, de tarde y hasta en tus sueños, los padres llaman y preguntan, te interrumpen en el almuerzo, atosigan en la cena, timbran cuando estas en tiempos de familia, las 24 horas atendemos sin negar, sin dejar de contestar, atento siempre para la atención sea esta telefónica y virtual, 30 estudiantes, 90 llamadas, 270 mensajes, es esforzado.

 Ni que decir de la educación rural donde allí los maestros se esfuerzan, pasan controles comunales para llegar después de dos horas de viajar al primer cerro donde educara al niño, luego demorara otra media hora para llegar a otro pampón para dar instrucción a sus niños, y después pasara otra media hora para llegar a la gran laguna y estar con su mayoría de alumnos siempre a distancia para entregar sus materiales y darles saber a sus niños, adalides del magisterio.

Uno de estos días le preguntaba a una colega porque enviaba los WhatsApp de videos y audios del programa a sus alumnos en un horario fijo y si o si a esa hora, en punto, y me explico que sus niños a esa hora estarían llegando a la punta del cerro después de caminar alguna media hora, otros 45 minutos para recibir el mensaje en su celular ya que en ese cerro si llegaba la señal de internet.

Pero también quiero referirme a los colegas de la educación privada en Pasco, los sacrificados y esmirriados en esta pandemia, ellos hacen clases en google clasroom o zoom, graban, editan, suben sus videos, califican, evalúan, y ganan la mitad de lo que este año iban a ganar porque como ustedes bien saben nadie acepto pagar la pensión completo solo la mitad y es por eso que los maestros de la educación privada solo ganan la mitad de su sueldo en todo este año.

Esa es la educación urbana, rural y privada  de estos días de pandemia, el otro día mi colega que trabaja en zona rural  se demoraba en hacer recargar y cuando le pregunte porque tantos números de celular  abarrotaba y me dice a 09 números les recargo 5 soles para que les dure el WhatsApp todo el mes, yo con mi ingenuidad capitalista le digo:  “los padres te encargan” y él me dice que “no”, que él cada mes hacia eso desde abril ya que de todos sus niños sus padres son pobres y que no tienen para la recarga, apenas pudieron comprar equipos de celular con el ahorro y así recibir los mensajes, ¡quede atónito!, ¿ de tu propio sueldo del mes?, “si” , me dijo, con esa satisfacción que cumplía su deber, para muchos sonara cojudez, pero así es la nuez en el ámbito magisterial.

Todos los maestros quieren volver a clase, los estudiantes también, los extrañamos, pero este año no se podrá, es raro así, pero necesario, extrañamos recibirlos en la puerta del aula, extrañamos sus abrazos, sus saludos modernistas, sus ruidos y bullas, sus silencios, hasta extrañamos a los padres que es algo ya excepcional.

Es DIA DEL MAESTRO y sentimos que no lo merecemos, no merecemos estar lejos de quienes son la razón de nuestro magisterio, él y la estudiante, el otro día la hija de un colega Maestro me dijo que su padre ya no iba a volver al colegio, porque ya se jubilaba y que este mes seria el ultimo de su magisterio, llegan esos días donde ya no iras a un aula, ya no atenderás a tus estudiantes, pero siempre estará el espíritu magisterial que no acaba con una jubilación ya que como dice nuestro himno “ Somos lo que hemos querido ser, Maestros ayer , hoy y siempre”, ¡feliz día Maestros y Maestras que le creación los bendiga y prospere.!

USUARIAS PASQUEÑAS DE PENSIÓN 65 DEL MIDIS APRENDEN A LEER Y ESCRIBIR USANDO LA RADIO Y EL WHATSAPP

Adultas mayores del distrito de Yanacancha siguen clases a distancia. Ellas y su maestra tuvieron que recurrir a las tecnologías de la comunicación para continuar con curso de alfabetización.

Aprender a leer y escribir usando medios no convencionales es una práctica cada vez más utilizada en estos días debido a la pandemia de Covid-19. Sin embargo, es poco común que las personas adultas mayores usen estas mismas herramientas para alfabetizarse. Pero eso exactamente está sucediendo con usuarios y usuarias del Programa Nacional de Asistencia Solidaria - Pensión 65, del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis), que viven en el Centro Poblado de Columna Pasco, ubicado en el distrito de Yanacancha, en la provincia de Pasco. 

Se trata de 7 adultas mayores de entre 68 y 77 años, quienes no dejaron de estudiar pese a la cuarentena. Con la asesoría de una profesora del Centro de Educación Básica Alternativa César Vallejo de Yanacancha, reciben clases por radio y WhatsApp, y complementan su aprendizaje con fotocopias de las lecciones que la maestra les entrega una vez por semana, haciendo uso de mascarilla y manteniendo la distancia social para evitar el contagio del coronavirus.

Así vienen estudiando desde hace casi tres meses, con ayuda también de sus familiares, quienes las apoyan con el uso y manejo de la aplicación WhatsApp, a través de la cual se conectan con su profesora Edith López Arcos, a quien le envían el desarrollo de sus tareas y videos con la lección aprendida. También conversan de las dudas y dificultades que tienen en su aprendizaje.

“No fui al colegio porque mis padres murieron cuando era muy chiquita. Ahora no podemos salir, pero seguimos aprendiendo con la profesora que el lunes nos deja tareas, luego escucho la clase y mando la tarea por el teléfono de mi hija. Por allí la profesora también nos explica”, cuenta Silvina Sudario Rubina, de 74 años, quien espera tener pronto una tablet o celular para llevar clases virtuales con sus compañeras.

Su vecina, Juanita Ponce Sosa, de 73 años, también recibe alfabetización a distancia. Ella vive sola y no tiene celular, pero para sus clases usa el mismo teléfono que maneja Silvina, quien solidariamente le brinda el dispositivo.

Dionisia Reynoso (71), Teodora Torres (77), Aurelia Valerio (73), Leonarda Romero (68) y Reynalda Bejarano (72), las otras usuarias del programa Pensión 65 que llevan las sesiones de aprendizaje en Yanacancha, también manifiestan que no quieren dejar de estudiar.

Ellas empezaron un curso de alfabetización para adultos mayores en el año 2019, tras un acuerdo entre Pensión 65 y el Centro de Educación Básica Alternativa César Vallejo de Yanacancha para enseñar a leer y escribir a las personas adultas mayores del distrito que son usuarias del programa.

Cuando las clases eran presenciales, antes de la pandemia, había 27 estudiantes en lista. La profesora López cuenta que, lamentablemente, no todos pudieron ingresar a la alfabetización a distancia debido al reducido acceso al internet en la zona.

Sin embargo, eso no fue obstáculo para que la maestra siga desplegando su vocación educativa en favor de las personas adultas mayores. A través de ella, Pensión 65 saluda a todas las profesoras y todos los profesores del Perú en el Día del Maestro.

CONGRESO APROBÓ IMPEDIR POSTULAR A SENTENCIADOS A CARGOS PÚBLICOS

Cerca de la media noche el Congreso de la República  aprobó impedir que sentenciados en primera instancia por delitos dolosos, no podrán postular  a cargos público por elección popular o ejercer función pública.
El total se obtuvo 111 votos a favor, 14 en contra, y 0 abstenciones. La bancada fujimorista votó contra el proyecto. El debate se realizó de forma virtual.  Luego de un largo debate se aprobó el proyecto de Ley 1565, que propone la reforma constitucional para incorporar los artículos 34 - A y 39 - A.

[LO ÚLTIMO] CONGRESO DE LA REPÚBLICA APROBÓ ELIMINAR LA INMUNIDAD PARLAMENTARIA.

En sesión virtual de reconsideración los congresistas aprobaron la reforma constitucional y eliminar la inmunidad parlamentaria, esta noche.

Pese a la oposición en todo momento de la bancada fujimorista se aprobó eliminar la inmunidad parlamentaria. 

La agenda sobre este punto  culminó hace minutos con 110 votos a favor,  13  en contra y  0 abstenciones. 

Sin embargo, también incluyó eliminar la inmunidad para el Presidente y sus Ministros.  

En estos momentos se debate sobre el impedimento de postular a cargos públicos a  sentenciado en primera instancia.

FUGA DE GAS CAUSÓ ALARMA EN CHAUPIMARCA

La fuga de gas de un balón causó alarma en los propietarios y vecinos de una vivienda ubicada en el jirón Lima, a pocos metros del municipio de la provincia de Pasco.
Bomberos tuvieron que actuar con rapidez para sofocar las enormes llamas que emanaba y evitar una posible explosión. El hecho ocurrió poco antes del medio día de hoy domingo. A pesar del peligro que representaba la fuga transeúntes circulaban de forma temeraria cerca de la emergencia. Luego de algunos minutos la fuga y el fuego logró ser controlado. No se reportaron heridos en la emergencia.

EJECUTIVO PRESENTARÁ PROYECTO PARA IMPEDIR A SENTENCIADOS POR CORRUPCIÓN POSTULEN AL CONGRESO

El Presidente de la República también anunció un referéndum para eliminar la inmunidad parlamentaria.  
Martín Vizcarra lamentó que el congreso no haya aprobado la iniciativa para eliminar la inmunidad de los congresistas aprovechado años pasados para evitar responder a la justicia. "Por ello, en el marco de mis facultades, anuncio que someteré a referéndum la reforma sobre la eliminación de la inmunidad parlamentaria, para que el pueblo decida en las urnas. Dicha consulta se realizará junto a las elecciones generales

Vizcarra, en un mensaje al país afirmó además que el ejecutivo presentará un proyecto para que sentenciados por corrupción en primera instancia  puedan postular a cargos públicos, pidió a los congresistas apoyar esta iniciativa.