En más de 35 % crecieron los casos de líneas móviles pospago que habrían sido vendidas de manera irregular, probablemente en la vía pública.
Se requiere incremento de topes multas y sanciones a responsables de las empresas por continuar con la venta ambulatoria y otros incumplimientos de las normas.
Las ventas irregulares de líneas móviles, en su mayoría realizadas en la calle de manera ambulatoria, motivaron que, en el 2022, las personas presenten 77 597 reclamos ante las cuatro principales empresas operadoras por la contratación no solicitada del servicio móvil pospago, un incremento de más de 35 % respecto al año anterior, informó el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL).
Ese mismo año, las empresas operadoras registraron más de 10 mil cuestionamientos de titularidad de servicios móviles prepago, 107 % más que el 2021.
“En la venta ambulatoria, los datos sensibles como el DNI o la huella dactilar son entregados a terceros que pueden utilizarlos para sacar líneas móviles sin consentimiento de los usuarios y para fines delictivos”, advierte el presidente ejecutivo del OSIPTEL, Rafael Muente Schwarz.
Al respecto, dijo que solo en el 2022, el OSIPTEL brindo más de 44 mil datos a instituciones públicas como el Ministerio del Interior o el Ministerio Público, para identificar a titulares de determinadas líneas o equipos móviles, que están relacionados a delitos. “Hemos emitido más de 22 mil cartas con información para investigaciones de delitos como fraudes bancarios, realizados con líneas móviles contratadas sin consentimiento, sobre todo, a través de la venta ambulatoria”, puntualizó.
Refirió que el OSIPTEL continúa fiscalizando este mal accionar de las empresas operadoras que persiste pese a que vulnera los derechos de los usuarios y los altos riesgos para la seguridad ciudadana. “Para sumar en esta cruzada por la seguridad de los peruanos, está en manos de la Comisión de Defensa del Consumidor (Codeco) del Congreso de la República aprobar el proyecto que ley que prohíbe la comercialización y contratación de los servicios móviles de forma ambulatoria o en la vía pública y asigna responsabilidad administrativa a los representantes de las empresas por ello”, acotó.
Se debe fortalecer capacidad sancionadora del OSIPTEL
En el 2022, las multas firmes impuestas a las empresas por infracciones relacionadas a la venta ambulatoria superaron los S/ 4.6 millones, sin embargo, está acción ilegal continúa pues el monto de la sanción es menor al beneficio o ingresos que obtienen incumpliendo las normas.
En ese sentido, Muente Schwarz explicó la necesidad de elevar la capacidad de sanción del ente regulador, pues las multas actuales no tienen capacidad disuasiva y alientan a
que las empresas operadoras continúen con la venta ambulatoria o se nieguen a remitir información al OSIPTEL, entre otras infracciones, pues están dispuestas a asumir las consecuencias de sus acciones.
Recordó que los topes de sanción del OSIPTEL son los más bajos entre todos los reguladores, por lo que resulta importante fortalecer sus funciones para que se garantice la adecuada prestación de los servicios de telecomunicaciones por el bienestar de los usuarios. “Los incumplimientos de las empresas se traduce en la insatisfacción con el servicio recibido y también en los reclamos presentados por los usuarios, que se incrementaron en 42.9 % en el 2022 superando los 2.3 millones”, puntualizó.
Precisamente, la Codeco aprobó por mayoría el proyecto de ley que fortalece la capacidad sancionadora del OSIPTEL en cuanto a la calificación de infracciones, niveles de multas y multas coercitivas, lo que traerá como consecuencia que las empresas operadoras, brinden un mejor servicio a los usuarios. Este proyecto deberá ser discutido, en las próximas semanas, en el Pleno del Congreso.