Gracias a una acción de amparo el Poder Judicial admitió la demanda contra la empresa minera Nexa Resources Perú y el Ministerio de Energía y Minas, interpuesta por la comunidad de Carhuamayo, por actos administrativo no consultadas, es decir incumplieron con la consulta previa exigida por la norma para la explotación de la unidad de Shalipaico, ubicada en terrenos de la comunidad, en el distrito de Carhuamayo, región Junín.
La sala mixta de Tarma revocó la improcedencia que en el mes de julio el Poder Judicial dictó y se negó a recibir la demanda de la comunidad. Sin embargo, la comunidad campesina junto a su abogada presentaron algunos elementos de convicción que evidencian la empresa minera se habría valido de irregularidades para la aprobación del estudio de impacto ambiental, la denuncia también involucra a la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros del MEM, y del Instituto Geológico Minero Metalúrgico INGEMMET.
La sala mixta de Tarma revocó la improcedencia que en el mes de julio el Poder Judicial dictó y se negó a recibir la demanda de la comunidad. Sin embargo, la comunidad campesina junto a su abogada presentaron algunos elementos de convicción que evidencian la empresa minera se habría valido de irregularidades para la aprobación del estudio de impacto ambiental, la denuncia también involucra a la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros del MEM, y del Instituto Geológico Minero Metalúrgico INGEMMET.
La comunidad campesina de Carhuamayo pide declara nula la autorización de explotación por violación del derecho al territorio, y por fraude.